Df 3 Registro nacional de instrucciones previas
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor a los nueve meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Sanidad y Consumo, ELENA SALGADO MÉNDEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-2007 en vigor desde 15-11-2007