Df 3 Procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia y para la elaboración del Programa individual de atención
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
Vigente
Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud