Df 3 Patrimonio Histórico de Canarias

Df 3 Patrimonio Histórico de Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 3ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La presente Ley entrará en vigor un mes después de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».

Por tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Santa Cruz de Tenerife, 15 de marzo de 1999.

MANUEL HERMOSO ROJAS, Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-1999 en vigor desde 09-04-1999