Df 3 normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de noviembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-11-2012 en vigor desde 18-11-2012