Df 3 Modelos 2023 de declaración del IS y del IRnR correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente orden entrará en vigor el día 1 de julio de 2024, salvo las disposiciones finales primera y segunda, que entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de esta orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado» y serán aplicables por primera vez a los modelos cuyo plazo de presentación comience a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de mayo de 2024.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.