Df 3 Metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 28 de marzo de 2014.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Industria, Energía y Turismo,
JOSÉ MANUEL SORIA LÓPEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2014 en vigor desde 30-03-2014