Df 3 Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas
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»D.F. 3ª. Modificación de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
Vigente
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 37 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, en los siguientes términos:
«1. Están sujetas a comunicación, con carácter previo a su inicio, en las condiciones que se determinen reglamentariamente, las actividades juveniles de tiempo libre sujetas a esta ley.»
2. Se incorpora un nuevo apartado 3 al artículo 37 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, con la siguiente redacción:
«3. Las actividades juveniles de tiempo libre sujetas a esta ley, contarán con una evaluación de riesgos específica en las condiciones y con las características que se establezcan por el órgano competente en materia de Juventud.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-02-2021 en vigor desde 17-03-2021