Df 3 Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con excepción de las deducciones fiscales sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas previstas en su artículo 12, que serán de aplicación a hechos imponibles producidos a partir del periodo impositivo iniciado el 1 de enero de 2022. Toledo, 27 de enero de 2023
El Presidente EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ