Df 3 Medidas Administrati...s Públicos

Df 3 Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos

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D.F. 3ª. Entrada en vigor

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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Cantabria", salvo lo dispuesto en materia de incremento de jornada ordinaria del personal al servicio de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud que entrará en vigor a partir del día 1 del mes siguiente al de la publicación de la presente Ley en el "Boletín Oficial de Cantabria". Lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 21 entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2012.

La modificación del número de Diputados del Parlamento de Cantabria prevista en la disposición adicional novena será de aplicación a partir de la siguiente convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria.

Palacio del Gobierno de Cantabria, 30 de mayo de 2012.

El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Juan Ignacio Diego Palacios.

2012/7455

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-2012 en vigor desde 02-06-2012