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Df 3 Lucha contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante

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D.F. 3ª. Modificación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda modificada como sigue:

Uno. Se añade un párrafo j) al apartado 1 del artículo 12, que queda redactado del siguiente modo:

«j) Por incurrir en las causas de incompatibilidad previstas en los párrafos j), k), l), m), n), ñ) y o) del artículo 6 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.»

Dos. El apartado 2 del artículo 13 queda redactado del siguiente modo:

«2. En los supuestos previstos en las letras e), f), g), h), i) y j) del apartado 1 del artículo anterior, y en el caso de su letra d) si el presidente dimisionario o la presidenta dimisionaria accediera a un cargo público incompatible con el desempeño de la Presidencia de la Junta de Andalucía, su sustitución se realizará por las personas titulares de las Vicepresidencias, si las hubiere, por su orden, y, de no existir, por las de las consejerías, según su orden.»

Tres. Se añade un párrafo g) al artículo 24, que queda redactado del siguiente modo:

«g) Por incurrir en las causas de incompatibilidad previstas en los párrafos j), k), l), m), n), ñ) y o) del artículo 6 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-07-2021 en vigor desde 02-07-2021