Df 3 Interoperabilidad de los sistemas de telepeaje
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»D.F. 3ª. Habilitación normativa.
Vigente
La persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana adoptará las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se autoriza a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el ámbito de sus competencias para dictar las disposiciones necesarias para la modificación y actualización de los anexos de este real decreto en caso de que se produzcan modificaciones en la normativa europea por la que establece su contenido.