Df 3 Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Palacio del Gobierno de Cantabria, 5 de abril de 2017. El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roiz.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-04-2017 en vigor desde 19-04-2017