Df 3 Duración máxima y régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, a 29 de marzo de 2001. El Presidente, ALBERTO RUIZ- GALLARDÓN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2001 en vigor desde 11-04-2001