Df 3 Declaraciones obliga...tivinícola

Df 3 Declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 3ª. Entrada en vigor.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca, el 31 de julio de 2015.

FELIPE R.

La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,

ISABEL GARCÍA TEJERINA

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-08-2015 en vigor desde 02-08-2015