Df 3 Creación, reconocimiento y autorización de universidades
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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en la Embajada de España en Lima, el 27 de julio de 2021.

FELIPE R.

El Ministro de Universidades,

MANUEL CASTELLS OLIVÁN