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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, 18 de abril de 2001.
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN,
Presidente
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-05-2001 en vigor desde 05-05-2001