Df 3 Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales
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Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales
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»D.F. 3ª
Vigente
Se modifica el artículo 10.2.1 del Anexo III del Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación, que queda redactado en los siguientes términos:
«El pasillo tendrá una anchura mínima en todos sus puntos de 1,00 m.».