Df 3 Acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª. Régimen especial de la Carta municipal de Barcelona
Vigente
Sin perjuicio de las competencias previstas en el artículo 4.2 del presente Decreto, el Ayuntamiento de Barcelona, en virtud de la regulación específica que prevé la Carta municipal de Barcelona, ejercerá sus competencias de acuerdo con lo previsto en la Carta mencionada y el resto de la normativa aplicable.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2020 en vigor desde 05-08-2020