Df 20 Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas
D.F. 20ª. Procedimiento para la compensación pendiente de los suplementos territoriales de la Ley del Sector Eléctrico.
1. Se autoriza a la consejería competente en materia de hacienda para dictar las normas que sean necesarias para la compensación a los consumidores ubicados en la Comunidad por los suplementos territoriales de la Ley del Sector Eléctrico pendientes de compensación a la entrada en vigor de la presente ley y, específicamente, los siguientes aspectos:
- La aprobación del modelo de solicitud de compensación, que deberá tramitarse por medios telemáticos.
- El contenido y plazo de presentación de la documentación justificativa de la aplicación de los suplementos territoriales. Esta documentación deberá tener formato electrónico.
2. Se autoriza a la consejería competente en materia de hacienda para aprobar las transferencias de créditos presupuestarios necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el apartado primero de esta disposición.
- Texto Original. Publicado el 25-02-2021 en vigor desde 17-03-2021