Df 20 Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras
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»D.F. 20ª. Obligaciones de información en el caso de transformación del Impuesto sobre Ventas Minoristas de determinados hidrocarburos.
Vigente
En el supuesto de que el Impuesto sobre Ventas Minoristas de determinados hidrocarburos se transforme en un recargo sobre el Impuesto sobre Hidrocarburos y se le atribuyan a la Comunidad de Castilla y León competencias en materia de aplicación de este recargo, las obligaciones de información reguladas en el apartado 1 del artículo 41 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, recaerán sobre los sujetos pasivos del Impuesto sobre Hidrocarburos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-02-2012 en vigor desde 01-03-2012