Df 2 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria
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»D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario de la unidad de inspección de protección civil
Vigente
En el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de Cantabria regulará reglamentariamente la creación, organización y competencias de la unidad de inspección de protección civil de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.