Df 2 Régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 22 de marzo de 2019.
FELIPE R.
La Ministra de Economía y Empresa, NADIA CALVIÑO SANTAMARÍA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-04-2019 en vigor desde 23-04-2019