Df 2 reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Normas de desarrollo.
Vigente
Se habilita a las personas titulares de los Ministerios de Educación y de Trabajo e Inmigración a dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones sean precisas para desarrollar lo previsto en este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-08-2009 en vigor desde 26-08-2009