Df 2 Programa de renta activa de inserción para desempleados
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor y aplicación.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo previsto en este real decreto se aplicará a los trabajadores desempleados que soliciten el derecho a la admisión al programa a partir de su entrada en vigor.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, el 24 de noviembre de 2006.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, JESÚS CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-12-2006 en vigor desde 06-12-2006