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Df 2 Procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de julio de 1997.

ARENAS BOCANEGRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-07-1997 en vigor desde 30-07-1997