Df 2 procedimiento para la devolucion parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de abril de 2010.-La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2010 en vigor desde 24-04-2010