Df 2 Patrimonio cultural valenciano
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Valencia, 11 de junio de 1998.
Eduardo Zaplana Hernández-Soro,
Presidente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-06-1998 en vigor desde 22-07-1998