Df 2 Organización del Sector Público

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

Vigente

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La presente Ley entrará en vigor a los veinte días desde su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

 

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente Ley y a los Tribunales y Autoridades la hagan cumplir.

En Logroño, a 3 de marzo de 2003.

 

El Presidente,
Pedro Sanz Alonso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2003 en vigor desde 04-04-2003