Df 2 Ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 9 de octubre de 2009.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino,
ELENA ESPINOSA MANGANA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-10-2009 en vigor desde 11-10-2009