Df 2 Ordenación Farmacéutica de Cantabria
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones transitorias de esta Ley.
Palacio del Gobierno de Cantabria, 19 de diciembre de 2001. EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, José Joaquín Martínez Sieso 01/13776
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2001 en vigor desde 16-01-2006