Df 2 Ordenación y Coordin...es Urbanos

Df 2 Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

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Los artículos que a continuación se relacionan de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid quedan redactados como sigue:

  1. El número 11 del artículo 5 Competencias del Consejo de Administración queda redactado en los siguientes términos

  2. 11. Aprobar las autorizaciones y concesiones relativas al transporte público de viajeros.

  3. El número 6 del artículo 8 pasa, con su redacción originaria, a constituir número 7 de dicho artículo, estableciéndose una nueva redacción para el número 6, resultando los dos apartados como sigue:

  4. 6. Ejercer la facultad sancionadora respecto de las infracciones contra la normativa del transporte público regular de viajeros, con informe semestral al Consejo de Administración de los expedientes sancionadores.

    7. Las demás competencias que le atribuyan los Estatutos y las restantes normas, legales o reglamentarias, de la Comunidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-1998 en vigor desde 04-12-1998