Df 2 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Se modifican los artículos 21.5 y 53.2 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Uno. El apartado quinto del artículo 21 queda redactado del siguiente modo:
«5. Quedan excluidos de la responsabilidad solidaria los socios cuyas aportaciones no dinerarias sean valoradas de conformidad a lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.»
Dos. El apartado segundo del artículo 53 queda redactado del siguiente modo:
«2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior:
1.º El aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales requerirán el voto favorable de más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
2.º La autorización a los administradores para que se dediquen, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituya el objeto social; la supresión o la limitación del derecho de preferencia en los aumentos del capital; la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activo y pasivo y el traslado del domicilio al extranjero, y la exclusión de socios requerirán el voto favorable de, al menos, dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.»
- Texto Original. Publicado el 04-04-2009 en vigor desde 04-07-2009