Df 2 Medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Entrada en vigor
Vigente
Este Decreto ley entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por lo tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la cual se aplique este Decreto ley coopere a cumplirlo y que los tribunales y las autoridades a quien corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 7 de noviembre de 2023
Pere Aragonès i Garcia
President de la Generalitat de Catalunya
Ester Capella i Farré
Consejera de Territorio