Df 2 Medidas urgentes en ... carretera

Df 2 Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

 

Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Zaragoza, 29 de diciembre de 2006.

 

El Presidente del Gobierno de Aragón,
Marcelino Iglesias Ricou.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2006 en vigor desde 31-12-2006