Df 2 Medidas urgentes de politica de Vivienda Protegida
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
Vigente
Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Zaragoza, 26 de diciembre de 2003.
Marcelino Iglesias Ricou,
Presidente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004