Df 2 Medidas tributarias y económico-administrativas
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor de la ley.
Vigente
La presente Ley entra en vigor, una vez publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, el día 1 de enero de 2008.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, a 27 de diciembre de 2007.
El Presidente,
Francesc Antich i Oliver.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2007 en vigor desde 01-01-2008