Df 2 Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional
D.F. 2ª. Modificación del artículo 3 de la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de la Generalitat, de Creación de la Agència Valenciana d Avaluació i Prospectiva
Se modifica el apartado primero del artículo 3 de la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de la Generalitat, de creación de la Agència Valenciana d Avaluació i Prospectiva, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 3. Fines y funciones
1. A la Agència le corresponderán, en el ámbito del sistema empresarial, tecnológico, científico, universitario y de los servicios públicos valencianos, las siguientes funciones:
a) El ejercicio de las funciones de acreditación y evaluación de las instituciones universitarias y del profesorado y otras actividades afines que establezca la Ley Orgánica de Universidades y demás ordenamiento jurídico vigente.
b) La evaluación de programas tecnológicos, empresariales, de investigación y de desarrollo.
c) La prospectiva y análisis de las nuevas demandas tecnológicas, científicas y universitarias de utilidad para la Comunitat Valenciana.
d) La evaluación y acreditación de la calidad de los centros y entidades prestadoras de servicios públicos, sus políticas y programas».
- Texto Original. Publicado el 23-05-2013 en vigor desde 24-05-2013