Df 2 Medidas para la protección de las infraestructuras críticas
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»D.F. 2ª. Competencias en materia de Protección Civil.
Vigente
Lo dispuesto en esta Ley se entiende sin perjuicio de lo que establezca la normativa autonómica en materia de protección civil, de acuerdo con las competencias correspondientes a cada territorio en virtud de lo dispuesto en los correspondientes Estatutos de Autonomía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-04-2011 en vigor desde 30-04-2011