Df 2 Medidas extraordinarias y urgentes para la movilización de las viviendas provenientes de procesos de ejecución hipotecaria
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»D.F. 2ª.
Vigente
Este Decreto ley entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, salvo el artículo 3, que entrará en vigor a los seis meses de su publicación.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación este Decreto ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y las autoridades a los que corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 24 de marzo de 2015
Artur Mas i Gavarró
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Santi Vila i Vicente
Consejero de Territorio y Sostenibilidad
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-2015 en vigor desde 27-03-2015