Df 2 Mediación familiar de C León
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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente Ley entrará en vigor a los seis meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

 

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, a 6 de abril de 2006.

 

El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2006 en vigor desde 19-10-2006