Df 2 Mecanismo de financiación del coste del bono social
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»D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
Vigente
En el plazo máximo de tres meses desde la convalidación de este real decreto-ley el Gobierno, a propuesta del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, aprobará un real decreto que desarrolle lo dispuesto en el artículo 1 de este real decreto-ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-12-2016 en vigor desde 25-12-2016