Df 2 Función Pública de Madrid

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D.F. 2ª.

Vigente

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La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo también publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que corresponda la guarden y la hagan guardar.

Madrid, 10 de abril de 1986.

JOAQUÍN LEGUINA HERRÁN,

Presidente de la Comunidad

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-04-1986 en vigor desde 24-04-1986