Df 2 Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria
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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de febrero de 2024.

FELIPE R.

El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-03-2024 en vigor desde 17-04-2024