Df 2 Se establecen obligaciones a operadores de transporte público colectivo terrestre para reducción temporal del 50% del precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, en los servicios de transporte terrestre
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
Vigente
El presente Decreto-Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Alicante, 27 de enero de 2023
El President de la Generalitat, XIMO PUIG I FERRER
La consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad REBECA TORRÓ SOLER