Df 2 Desarrollo parcial del Reglamento General de Recaudación -recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la AGE a través de entidades colaboradoras-
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente orden entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de junio de 2016.-La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2016 en vigor desde 02-10-2016