Df 2 Desarrolla la NF. 7/2002, de 15 de octubre, de Adaptación del Sistema Tributario al Derecho Foral Vasco
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»D.F.2ª. Habilitación normativa
Vigente
Se autoriza al Diputado Foral de Hacienda y Finanzas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Decreto Foral.
En Bilbao, a 3 de diciembre de 2002
Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, F. JAVIER URIZARBARRENA BERNARDO
Diputado General de Bizkaia, JOSU BERGARA ETXEBARRIA
(I1.860)
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2002 en vigor desde 19-12-2002