Df 2 Deporte de Madrid
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»D.F. 2ª.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que corresponda la guarden y la hagan guardar.
Madrid, 28 de diciembre de 1994.
JOAQUIN LEGUINA HERRAN,
Presidente
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995