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Df 2 Creación del Servicio Regional de Empleo

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D.F. 2ª. Entrada en vigor

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La presente Ley adquirirá validez como norma jurídica y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se publicará, asimismo, en el "Boletín Oficial del Estado", a los meros efectos de su conocimiento. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, a 3 de julio de 2001. El Presidente, ALBERTO RUIZ- GALLARDÓN

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-2001 en vigor desde 11-07-2001