Df 2 creación del Registro de uniones de hecho
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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

Vigente

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El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial Extremadura.

Mérida, 18 de marzo de 1997.

 

El Presidente de la Junta de Extremadura,
Juan Carlos Rodriguez Ibarra
El Consejero de Bienestar Social,
Guillermo Fernandez Vara