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Df 2 Creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de febrero de 2013

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía